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127 Fernández Conde 1982, n.º 6; González Calle 2002, n.º 121; Fernández Mier 2001, n.º 92. 128 Álvarez Castrillón 2011, n.º 205. 129 Fernández Condeet al 1987, n.º 13. 130 Fernández Conde 1982, n.º 2, 4, 5 y 7; Álvarez Castrillón 2011, n.º 205; Torrente Fernández 1982, n.º 12. 131 No es instrumento notarial Fernández Conde 1982, n.º 5. 132 Fernández Conde 1982, n.º 1, 6, 7, 9 y 10; Fernández Mier 1995, n.º 117; Torrente Fernández 1982, n.º 28bis y Martínez Vega 1991, n.º 105. asturian wills during the thirteenth and fourteenth centuries haciéndose en ocasiones explícita la capacidad para demandar en juicio y fuera de él.127 Desde una perspectiva social, no es raro encontrar entre los albaceas individuos con algún tipo de vínculo familiar con el otorgante (sucede en 18 de los documentos). En la mitad de los casos en los que sólo se señala un albacea, este es familiar de la persona que testa; en la otra, el testamentario pertenece al estamento clerical. En más de 20 testamentos aparecen miembros del clero (regular o secular) entre los albaceas nombrados por el otorgante. Nunca faltan en las últimas voluntades de los canónigos de Oviedo, y son, por lo general, miembros de la institución. En fin, en no pocas ocasiones se detalla algún tipo de relación, frecuentemente de dominio o de servidumbre (criados, vasallos), o los albaceas se encuentran entre los herederos o entre personajes en buena posición social. A continuación figura la fórmula de revocación, que suele ser la última del dispositivo. No obstante, no aparece en el testamento de Munín Martínez (1281)128 y en algunas ocasiones consta entre las disposiciones iniciales.129 En la mayoría de los testamentos la data consta en el escatocolo, pero no faltan casos (todos del sigloXIII130) en los que está al comienzo del documento. A propósito de la validación, estamos mayoritariamente ante instrumentos notariales;131 de hecho, la serie se inicia precisamente en los años en los que se está asentando en Asturias el notariado público. El testador, en el caso de los documentos abiertos, ruega al notario público que escriba y valide el documento. Los ejemplares recuperados proceden de distintas notarías públicas de Oviedo,132 Grado,133 Miranda,134 Avilés135 o 574

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