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90 Sanz Fuentes 1996; Torrente Fernández 1982, n.º 12. 91 Lo ha señalado Fernández Conde 1982, pp. 50-51. 92 Fernández Suárez 1993, n.º 3. 93 Fernández Conde et al 1987, n.º 6 y 31. 94 “et mando que todas las debdas que yo e Urraca Alfonso, mi muger, devemos, que las paguen por mis bienes” Fernández Condeet al 1987, n.º 13. 95 “Otrossí, que todas las cosas que veniesen en bona verdat que yo devier a algunos, que llos paguen míos testamentarios por mías bonas”. González Calle 2002, n.º 121. 96 Álvarez Castrillón 2022, n.º 187 y 189; Fernández Condeet al 1981, n.º 220. 97 Lo ha observado para el occidente de Asturias, Álvarez Castrillón 2007, pp. 312–313. asturian wills during the thirteenth and fourteenth centuries rentes tipos de mobiliario, ajuar de cocina y ropas de cama), al ajuar personal (vestidos, armas y joyas) y a los libros (breviarios, misales, libros de derecho). Si nos referimos a los niveles de endeudamiento, estos son muy superiores entre los miembros más destacados de la nobleza regional. Rodrigo Álvarez, al formalizar su última voluntad, todavía tenía deudas del testamento de su madre sin abonar, y era una cuantía significativa (más de 10.000 maravedís), debía las arras a su esposa y otras deudas más, que no detalla. Por su parte, Pedro Díaz de Nava debía más de 6.000 maravedís a unos 25 acreedores, mayoritariamente en dinero y solo en algún caso en especie.90 En el caso de los canónigos, las cantidades son mucho más discretas.91 En el resto de los testamentos las deudas son de menor entidad y oscilan significativamente, delatando la posición social y la capacidad económica del testador.En 1397, Diego García debía 830 maravedís a 10 acreedores92 y por esos años Menendo Pérez de Grado (1394) y Alfonso García del Río (1381) consignaban unas deudas de apenas 100 y 62 maravedís respectivamente.93 En otras ocasiones hemos de conformarnos con algunas fórmulas genéricas,94 que a veces se adicionan al final de relaciones más o menos extensas.95 Por supuesto, no faltan testamentos en los que no se consigna deuda alguna,96 ni tampoco las deudas contraidas con el otorgante. Por otro lado, no faltan un sinfín de partidas de carácter espiritual. La institución de misas y aniversarios resulta habitual, y frecuentemente se detalla la persona que se encargará de realizarla.97 En lo que atañe a ritos y gestos, Rodrigo Álvarez de Asturias dispone quea venir el abad del dicho monesterio con una parte de los monges por el mío cuerpo, do quier que yo finar que 570

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