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60 Fernández Condeet al 1987, n.º 31 61 Fernández Suárez 1993, n.º 3. También en el testamento de Lope Méndez: “fago [gardar] mío testamento”. Álvarez Castrillón 2022, n.º 187. 62 Fernández Conde 1982, n.º 1 y 2. 63 Álvarez Castrillón 2011, n.º 205. 64 No consta en tres de las piezas reunidas: Álvarez Castrillón 2011, n.º 205; Martínez Vega 1991, n.º 105; Fernández Suárez 1993, n.º 3. 65 En los testamento escritos por el notario Sancho Fernández, el cuerpo antecede al alma en la redacción. Fernández Mier 2001, n.º 101 y 106. 66 Sanz Fuentes 1993–1994, n.º 1. 67 González Calle 2002, n.º 121; Fernández Condeetal 1981, n.º 220; AMSPO, FSVO, 2178; y Fernández Condeet al 1987, n.º 31. 68 Fernández Conde 1982, n.º2. Traducción: Primero y principalmente, doy mi alma a Dios Padre e Hijo e Espíritu Santo y la encomiendo a la gloriosísima beata virgen María, madre del hijo unigénito, Nuestro Señor Jesucristo, y al beato arcángel Miguel y a todos los ángeles y arcángeles, y al beato Juan Bautista y a los beatos apóstoles Pedro y Pablo y a otros apóstoles y otros santos y a la curia celestial, y, aunque indigno pecador, suplico con toda asturian wills during the thirteenth and fourteenth centuries los verbos fago eordeno mi testamento, seguidos frecuentemente de la alusión a que habrá de ser firme e valiosoofirme e validero, para siempre, losque dan principio al dispositivo. Sólo en una ocasión nos hallamos con una triple formulación (1394): fago, establesco e ordeno mío testamiento para sienpre.60 En el documento contenido en el registro notarial el tiempo verbal es fago.61 En los testamentos en latín nos encontramos con las expresiones hoc facio testamentum seu meam exprimo ultimam voluntatem y constituo et ordino testamentum meum seu meam ultiman exprimo voluntatem.62 El testamento de Munín Martínez desprovisto de prácticamente toda solemnidad se articula directamente por medio del verbomando63 que introduce cada una de las disposiciones del testador. El primer objeto del dispositivo es sistemáticamente la encomendación del alma.64 La fórmula más habitual es la que incluye la encomienda, mandato o donación del alma Dios, a Santa María y a toda la corte celestial.65 En tres ocasiones, se incluye entre los destinatarios de la encomienda el arcángel San Miguel.66 En cuatro testamentos se pide que Santa María ejerza de avogada por la mía alma al día del juyzio, todos fechados con posterioridad al año 1348.67 Por encima del resto, destaca la formulación mucho más extensa de los testamentos del canónigo Juan de Parres, otorgado en Vitervo,68 y del compañero de la catedral de Oviedo Fernando Bretón, redactado en Oviedo.69 566

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