the will of jaspert de botonach, bishop of valencia (1276–1288) Sobre su familia de sangre el testamento aporta pocos datos. Sabemos que dona 300 sueldos a cada una de sus hermanas monjas, pero no dice sus nombres, ni cuántas son, ni en qué monasterio viven, y a su sobrino pequeño de Perpiñán, del que tampoco menciona su nombre, le deja 300 sueldos. Por el contrario, el testamento arroja más luz sobre el entorno personal del obispo, aquellos clérigos y laicos que le sirvieron en su casa y le acompañaron en sus desplazamientos, que constituyen la familia episcopal, es decir la Corte propiamante dicha. Precisamente el testamento es una fuente documental valiosísima para el estudio de la casa y corte episcopal. En el testamento del obispo Botonach se da la relación de los miembros de la domus episcopi comenzando por los escuderos, indicando el dinero que deja a cada uno por el servicio prestado: a Arnau de Romaní, Romeu de Frígola y Simó de Santacilia les deja 500 sueldos a cada uno; a Romeu Escrivà de Eivissa y Guillem de Montpahó les dona 300 sueldos a cada uno, y a Ramon d’Almenar le dona 200 sueldos. Por su posición en el testamento parece que hay una cierta categoría entre ellos, pues la cantidad legada va en disminución. A Andreuet, escribano del Oficialato, lo equipara en categoría y cantidad de dinero legado al tercer grupo de los escuderos, pues también le deja 200 sueldos. Leemos en el testamento que dos personas viven con él: Jaumet, platero, al que dona 200 sueldos y Pere de Pontons, al que además de decir que la donación que le hace es por el servicio prestado añade que también es por su salario y le da 150 sueldos. A Domingo de Cellario, intuitu pietatis, le deja 100 sueldos, y a Pere Botaller, por el servicio prestado y por su salario le deja otros 100 sueldos. Insiste el obispo en el trato que han de tener los albaceas con miembros de su casa, por lo que ordena que cada uno de los miembros de su familia pueda disponer de sus bienes, sabiéndolo sus albaceas, para que puedan volver a su tierra. Que se provea a toda su familia de comida y bebida durante quince días consecutivos, sin contar el día de su fallecimiento, y quiere que a uno o dos de sus sirvientes que le han atendido en su enfermedad, a quienes no haya hecho ningún legado concreto, los albaceas les entreguen algo de sus bienes de acuerdo con el servicio prestado. 484
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